- Los nuevos Principios de Justicia Universal que impulsa la Fundación Baltasar Garzón defienden que la explotación indiscriminada de recursos o las actividades contaminantes se persigan internacionalmente por sus graves efectos sobre la población
- También la especulación con productos de primera necesidad y la explotación laboral
- Incluirlos en esta categoría convertiría estos crímenes en imprescriptibles y permitiría que se juzgaran en cualquier país
Natalia Chientaroli - Buenos Aires
¿Qué pasaría si el derrame de
petróleo de una multinacional con consecuencias a largo plazo en el
medio ambiente pudiera ser equiparado al genocidio? ¿O si se pudiera
reclamar internacionalmente la responsabilidad de entidades bancarias
por recibir los capitales que se fugan de un país al borde de la
quiebra? Ampliar los alcances de la jurisdicción universal. Esa es
la idea que reunió en Buenos Aires a decenas juristas y de
especialistas en derechos humanos en un congreso cuya propuesta
principal es que ciertos delitos medioambientales y económicos sean
considerados crímenes de lesa humanidad.
Promovido y organizado por la Fundación
Baltasar Garzón, el Congreso Internacional de Jurisdicción
Universal en el siglo XXI fue el punto de encuentro para diversos
grupos de trabajo que habían mantenido reuniones en los últimos dos
años en diferentes ciudades del mundo con un objetivo: analizar la
evolución de la jurisdicción universal y avanzar en ese campo para
incorporar nuevas formas delictivas que también atentan contra los
derechos humanos.
Fruto de esa labor se han publicado los
Principios de Buenos Aires-Madrid, que ahora serán objeto de estudio
y discusión en foros profesionales, doctrinales y académicos "para
volver a situar esta herramienta legal en el lugar que le corresponde
a favor de la justicia, las víctimas y la reparación de los delitos
de lesa humanidad que se comentan en cualquier lugar del mundo",
de acuerdo con las palabras del propio Baltasar Garzón.
Incorporar ciertos delitos económicos
y ambientales a la justicia universal significaría:
1. Perseguir a las corporaciones
"El problema climático está
íntimamente ligado al esquema del poder financiero. Porque son las
corporaciones que manejan nuestros gobiernos las responsables, por
ejemplo, de las extracciones predatorias de recursos naturales".
Por eso, entre el catálogo de nuevas formas delictivas que podrían
inscribirse dentro del ámbito de la jurisdicción universal, el
documento aprobado en Buenos Aires incluye, por ejemplo, "la
explotación ilícita de recursos naturales que afecten gravemente a
la salud, la vida o la convivencia pacífica de las personas con el
entorno natural en el espacio donde se produzca la explotación".
Esto abriría la puerta a procesos
judiciales contra multinacionales que ejercieran su actividad sin
tener en cuenta sus consecuencias medioambientales y sociales. Y, lo
que es más importante, establecería una injerencia mundial en el
asunto. Si el país en el que ocurren estos hechos no los investigara
o juzgara, podría hacerlo otro país o un tribunal internacional.
Lo mismo ocurriría cuando esas
consecuencias afecten a más de un Estado, como en otro de los
ejemplos que menciona el texto acordado: "la obstrucción ilegal
del disfrute de recursos transfronterizos, como la contaminación
severa de ríos internacionales".
La jurisdicción universal aportaría
una tercera forma de protección de las personas, de acuerdo con los
especialistas, porque uno de los nuevos delitos recogidos en estos
principios es el de los "traslados forzosos de comunidades con
fines de explotar los recursos naturales de sus tierras ancestrales",
algo que afecta a los pueblos originarios latinoamericanos, pero no
exclusivamente. Tashi Tsering, investigador del York Centre for Asian
Research de la Universidad canadiense de York relató durante su
ponencia en el congreso los traslados masivos de población en el
Tíbet por parte de las autoridades chinas para explotar recursos
naturales en la zona.
2. Reconocer los 'derechos de la
naturaleza'
El documento señala la "destrucción
irreversible de ecosistemas" como uno de los grandes delitos por
los que podría pedirse responsabilidad tanto a las corporaciones
como a los Estados que deben controlar la actividad empresarial.
"La aplicación de la Jurisdicción
Universal ante delitos medioambientales graves no va a resolver del
todo el problema, pero esta herramienta sí se puede usar para poner
de manifiesto las operaciones de esas grandes empresas que causan
desastres medioambientales", sostiene el juez de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos Raúl Zaffaroni. Pero "de
esto se habla poco" ya que el debate es minimizado por los
grandes medios de comunicación que "forman parte del capital
transnacional concentrado", afirma.
"El discurso ideológico imputa a
los países en vías de desarrollo la contaminación", sostiene
el responsable de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad
de Argentina, Jorge Auat. "Pero los responsables de estas
políticas son las grandes corporaciones económicas que están en
los países centrales y no en nuestros países", apunta el
exfiscal general argentino Hugo Cañón. Por eso ambos sostienen que
en los países más poderosos es donde más se pondrán "obstáculos
para impedir que exista esta posibilidad de juzgamiento a todo
aquello que tenga que ver con crímenes económicos y la afectación
del medio ambiente".
La fiscal de la Audiencia Nacional
Dolores Delgado ha recordado que en al menos dos oportunidades, en
ambos casos con actores vinculados con China, tribunales españoles
debieron "archivar causas por motivos estrictamente económicos",
luego de que "el Poder Legislativo invadiera posiciones del
Judicial".
La responsabilidad económica
El capítulo de los delitos económicos
fue uno de los más trabajados durante el congreso y las reuniones
previas, y ha acabado con un profuso catálogo de crímenes que
podrían ser perseguidos por la justicia internacional.
"Esta lucha contra la impunidad y
el estudio de los crímenes de lesa humanidad en relación al sistema
financiero es de vital importancia", ha afirmado el diputado
argentino Remo Carlotto, que ha explicado que Argentina está inmersa
en un proceso en el que se busca esclarecer cómo la última
dictadura estuvo asociada a intereses económicos nacionales y
trasnacionales.
El documento aprobado menciona entre
los delitos que deberían ser enmarcados en la jurisdicción
universal "la desviación ilícita de fondos aprobados para
paliar catástrofes humanitarias" y el "tráfico ilícito
de armas hacia lugares o zonas de conflicto o con prohibición
expresa de exportación por Naciones Unidas".
También los fraudes alimentarios o la
"especulación de precios sobre productos de primera necesidad
de los que dependan la supervivencia o la salud de una generalidad de
personas". Además, se hace hincapié en "la explotación
laboral de menores y el incumplimiento de los derechos de los
trabajadores reconocidos a nivel internacional".
"Si administro mal el patrimonio
de un incapaz me condenan, pero si lo hago con un país, me voy a dar
clases a Harvard", ironiza Zaffaroni al referirse a uno de los
conceptos que más llaman la atención de la propuesta del congreso.
La de pedir responsabilidad a los Gobiernos y a los sistemas
financieros por las consecuencias de sus decisiones sobre la
población.
"Junto con la desaparición de
personas, Argentina sufrió un proceso inédito de contracción de la
distribución del ingreso y crecimiento del endeudamiento que ha
tenido y tiene consecuencias para nuestro pueblo", ha apuntado a
su vez Remo Carlotto.
Entre los posibles crímenes que se
ajustan a la categoría universal el documento recoge, por ejemplo,
la "fuga de corporaciones o extracción masivas de fondos que
traten de eludir las responsabilidades pecuniarias derivadas de la
comisión de los crímenes contenidos en estos principios".
El propio Baltasar Garzón se ha
encargado de defender esta posición: "Hay que encontrar
mecanismos que frenen la avidez de esos piratas que se aprovechan de
las quiebras de los países para inflar sus cuentas de beneficios
mientras los pueblos se ven abocados a la miseria".
4. Delitos que no prescriben
La inscripción de estos delitos en el
marco de la jurisdicción universal anula cuestiones clave como la
posibilidad de indulto, amnistía o la propia caducidad temporal de
los delitos cometidos. Así, el artículo seis de estos nuevos
principios asegura que "las disposiciones de los Estados donde
se cometieron los hechos respecto de prescripción, amnistía,
indultos y demás medidas destinadas a excluir responsabilidad no
serán aplicables" a estos crímenes.
Como medidas judiciales aplicables, los
especialistas prevén incluso "el decomiso de todos los bienes,
efectos y valores pertenecientes al responsable penal que guarden
relación directa o indirecta con los hechos cometidos" con el
objetivo de "lograr la reparación integral del daño causado".
El documento va incluso más allá y
establece que "las autoridades competentes no reconocerán el
secreto bancario o corporativo ni cualquier otra medida que favorezca
a la fuga de corporaciones o extracción masivas de fondos" que
traten de eludir las responsabilidades derivadas de la comisión de
estos delitos.
Tras la aprobación de estos
principios, entidades como la Fibgar se encargarán de difundirlos y
someterlos al debate público y especializado con el objetivo de que
a medio plazo sean asumidos por el mundo jurídico y más adelante
pasen a formar parte de la legalidad internacional y local, por
ejemplo a través de la firma de acuerdos.