Escrito por ACOFIFA
A Coruña Domingo, 05 de Diciembre de 2010 00:00
Antes de empezar con el tema motivo de esta carta desde la Asociación Coruñesa de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica, ACOFIFA, queremos agradecer públicamente a María Huerta, Carmen Reija y a la directora de este medio la sensibilidad con la que siempre se ha tratado el tema de la fibromialgia desde este medio de comunicación.
El pasado viernes, 26 de noviembre, entró en vigor la Ley 35/2010. Con esta medida los inspectores médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y al Instituto Social de la Marina podrán dar altas médicas durante el primer año de una baja laboral sin aviso previo ni consulta con el médico de atención primaria ni con la Inspección de servicios sanitarios del Sistema Nacional de Salud.
A partir de ahora primarán los beneficios económicos sobre la salud del enfermo a la hora del alta por incapacidad temporal y el criterio del médico de cabecera quedará supeditado al del inspector médico del INSS, estos tendrán la última palabra y su criterio prevalecerá sobre el del médico de atención primaria. Así mismo, a partir de ahora cuando el alta sea expedida por el INSS o por el ISM, serán estas entidades las únicas competentes que podrán emitir, una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal por la misma o similar patología, si ésta se produce en el plazo de 180 días siguientes a la citada alta médica.
Un miembro de la Junta Directiva de la Asociación Coruñesa de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica, ACOFIFA, ya ha sufrido en primera persona como nos va a afectar a los enfermos de estas dos enfermedades.
El martes se dirigió a su doctora de Atención Primaria por una contractura que le impedía mover el brazo. La doctora le dijo que por ella le daba la baja pero que podía suceder que la Mutua no le pagase estos días, recetándole medicación para su dolencia. Coincidiendo con la opinión de la doctora decidió ir a la mutua. Esta persona había estado de baja hasta el mes de julio por otra patología diferente por la que le dieron el alta en INSS.
Pues bien, como en la mutua no le solucionaron nada se dirigió al INSS y allí uno de los inspectores le dijo que no le daba la baja porque su contractura actual era un síntoma de la fibromialgia y que no podía darle otra baja en el plazo de 6 meses por la misma patología o patología similar, por lo que le dijo que tenía que ir a trabajar.
Nuestra enfermedad tiene como todo el mundo sabe bastantes síntomas. Pues que sepáis que si por ejemplo tenéis una baja por migrañas hasta dentro de 6 meses no podéis coger una baja por ejemplo por colon irritable o por dolor muscular o cualquier otro síntoma relacionado con la fibromialgia.
Desde ACOFIFA manifestamos nuestra disconformidad ante esta medida y no consideramos oportuno que sean entidades no asistenciales y ajenas a los servicios sanitarios públicos, quienes en última instancia puedan decidir sobre la duración de la incapacidad temporal de los trabajadores que la necesiten.
No vamos a permitir que jueguen más con nuestra salud, con la salud de las personas no se comercia.
Y para eso estamos las asociaciones, para impedir que nuestros derechos como enfermos sean pisoteados por la administración. Es la única vía posible para lograr que se nos respete como enfermos, los logros conseguidos hasta ahora aunque son pocos han sido producto del buenhacer de las distintas asociaciones de todo el territorio español y del espíritu de lucha de cada una de ellas, y a veces esta lucha no es solamente contra la administración si no que también contra aquellas personas que de una manera u otra tiran por la borda el trabajo serio de las asociaciones.
Solamente hay un camino y ese camino es el asociacionismo de los enfermos de fibromialgia y Sfc; nuestro objetivo sólo se alcanzará con la unión y participación de todos.
ACOFIFA
A Coruña
http://enmiopinion.laopinioncoruna.es/cartas-al-director/1705-icomo-afecta-la-ley-352010-de-medidas-urgentes-para-la-reforma-laboral-a-los-enfermos-de-fm-y-sfc
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