lunes, 15 de octubre de 2018

Sensibilidad química múltiple: los síntomas y los tratamientos

Es una enfermedad emergente, adquirida y crónica, caracterizada por la pérdida progresiva de tolerancia a productos químicos

Redacción / A.B. 15.10.2018
Sensibilidad química múltiple: los síntomas y los tratamientos  
La sensibilidad química múltiple busca su sitio en Galicia a través de SQM Galicia, que reinvindica médicos especialistas y los protocolos necesarios para facilitar el diagnóstico y tratamiento que facilite la vida a los pacientes.

El pasado mes de septiembre, un juzgado de Ourense reconocía la sensibilidad química como accidente laboral a una funcionaria que trabajaba en la sede de la jefatura territorial de Política Social y sufrió "una reacción alérgica general". Para el magistrado quedó probado que la salud de la mujer "se ha ido deteriorando de manera progresiva", hasta padecer el referido síndrome de sensibilidad química. La patología, añade, se inició "en su lugar de trabajo al contacto con productos químicos del ambiente que le produjeron una plurisintomatología".

Estas son las claves de una patología cada vez más presente en la sociedad:

| ¿Qué es?

Es una enfermedad emergente, adquirida y crónica, caracterizada por la pérdida progresiva de tolerancia a productos químicos diversos, en concentraciones menores de las que se considera capaces de afectar a la población general.

| ¿Cuáles son los síntomas?

Son muchos y variados, afectando a múltiples sistemas, como el cardiovascular, el respiratorio, el digestivo, el dermatológico... Entre sus signos están, por ejemplo, enrojecimiento de la piel o sarpullido, ronquera, taquicardia, arritmia, trastornos del habla, distensión, descoordinación motora...

| ¿Cuáles son las causa?

En su documento de consenso, el Ministerio de Sanidad, apunta a un "posible origen multifactorial". La asociación explica que la exposición prolongada o puntual, pero fuerte, a productos químicos puede desencadenarla.

| ¿A cuánta gente afecta?

Aunque está infradiagnosticada, se considera que afecta a entre el 0,1% y el 5% de la población, con mayor incidencia en zonas urbanas y en mujeres -un 15% más-.

| ¿Cómo se trata?

No tiene tratamiento específico. Evitar la exposición a las sustancias que en anteriores ocasiones desencadenaron síntomas. Así, les obliga a cambiar sus actividades diarias, afectando a su vida personal, familiar y laboral. Puede llegar a ser incapacitante.

Dos tribunales reconocen la fibromialgia como principal causa para adquirir la incapacidad permanente absoluta

  • La principal muestra para medir esta enfermedad es el dolor repartido en 18 puntos por todo el cuerpo y para obtener alguna incapacidad permanente debe haber, al menos, 14 puntos identificados, según los expertos
  • Un Tribunal Superior de Justicia reconoce el dolor crónico que padece una trabajadora con fibromialgia, algo poco habitual en este tipo de juicios, ya que uno de los argumentos más utilizados por la Seguridad Social es que "el dolor es subjetivo y no constituye una base para acreditar que existe invalidez"
  • Dos sentencias han declarado la incapacidad permanente absoluta de dos empleados que presentaban el número máximo de puntos de dolor, limitándoles "para el desarrollo en condiciones aceptables de todo tipo de trabajo o profesión
Mónica Martín 14/10/2018
La fibromialgia no suele ser la primera causa para conceder una incapacidad permanente a los trabajadores que la padecen. Uno de los argumentos más utilizados en este tipo de procesos judiciales es que "no existen suficientes parámetros para medir el dolor, por ese motivo, para que la reconozcan en un juicio suele ir acompañada de trastornos en la salud mental", sostiene Mª José Iglesias Toro, abogada laboralista.

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias recoge en una sentencia dos puntos sobre esta patología que no son habituales en las resoluciones de incapacidad: constata que la fibromialgia es la primera causa para conceder la incapacidad permanente absoluta a una trabajadora y además, el tribunal acepta los informes que constatan el dolor crónico que padece. "Algo poco habitual en este tipo de juicios, ya que uno de los argumentos más utilizados por la Seguridad Social es que el dolor es subjetivo y no constituye una base para acreditar que existe invalidez, explica Iglesias a eldiario.es.

Para que un tribunal falle a favor de la incapacidad permanente absoluta –aquella que no permite desempeñar ninguna función laboral– el afectado debe presentar "lesiones muy acentuadas acompañadas de una depresión crónica y de larga evolución", subraya la abogada. Este es el caso de Ana (nombre ficticio), camarera en un restaurante. Tras un proceso de incapacidad temporal derivado de un diagnóstico de fibromialgia, inició el trámite para conseguir la incapacidad permanente. El Equipo de Valoraciones de Incapacidades (EVI) de la Seguridad Social, le denegó la solicitud.

La empleada demandó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en un juzgado de primera instancia y la sala falló parcialmente a su favor concediéndole la incapacidad permanente total y una pensión del 55% de su base reguladora. No obstante, Ana recurrió la sentencia y solicitó al TSJ de Canarias que se incluyeran en el proceso las pruebas periciales que le diagnostican, además de fibromialgia, síndrome de fatiga crónica, ansiedad y vértigos.

Los expertos subrayan que una de las muestras para medir la enfermedad es el dolor, y para ello se tienen en cuenta 18 puntos que se reparten de forma simétrica por todo el cuerpo. Algunos se encuentran en la parte inferior del cráneo, pasando por las cervicales, escápulas, costillas y las rodillas. La confirmación de once puntos de dolor supone el diagnóstico de la enfermedad y debe haber al menos 14 puntos identificados para obtener la incapacidad permanente.

Limitaciones en la vida laboral

En el caso de Ana, se confirman los 18 puntos de dolor. El TSJ admite la prueba pericial que acredita su diagnóstico. La sentencia recoge que para determinar una incapacidad permanente absoluta habría que valorar las limitaciones que existen en la actividad laboral en vez de las lesiones que se padecen. Incluso el propio EVI –que denegó en un primer momento la petición de invalidez– acreditó que la afectada sufría mareos, náuseas y depresión.

"Habrá invalidez absoluta siempre que haya unas condiciones demostrables que inhabiliten para cualquier trabajo que tenga una retribución ordinaria dentro del ámbito laboral", constata la resolución. Esta incapacidad no permite desempeñar ninguna función laboral al no poder garantizar un mínimo de "rendimiento, eficacia y profesionalidad", a diferencia de la incapacidad permanente total, la cual no inhabilita al trabajador para el ejercicio de otras profesiones y es la más habitual en este tipo de procedimientos judiciales.

La sentencia del TSJ declara la incapacidad permanente absoluta de la trabajadora. Sostiene que los síntomas descritos son suficientes como para "limitar a la empleada para el desarrollo en condiciones aceptables de todo tipo de trabajo o profesión" y condena a la Seguridad Social a pagarle el 100% de su sueldo con las mejoras y revalorizaciones que correspondan desde febrero de 2017, fecha en que se inició el proceso judicial. 

El caso de Mario (nombre ficticio) es similar. Era autónomo y se dedicaba al transporte de mudanzas. Le diagnosticaron fibromialgia con la acreditación de los 18 puntos de dolor, además de síndrome de fatiga crónica y trastorno del sueño.

El trabajador pidió la tramitación del expediente de incapacidad permanente, pero el EVI no se la concedió por "no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral". Todo ello a pesar de que dos informes de dos hospitales de Madrid y Barcelona acreditaban las patologías que impedían a Mario desempeñar su trabajo con normalidad.

Mario también demandó a la Seguridad Social. En su caso, el juzgado de primera instancia le concedió la incapacidad permanente absoluta y ante el recurso interpuesto por la SS.SS, el TSJ de Madrid ha vuelto a fallar a favor del empleado, concluyendo que "las limitaciones físicas le incapacitan para su profesión". Además, la institución tendrá que pagarle el 100% de su base reguladora.

La justicia recalca en el proceso que existe jurisprudencia que considera la fibromialgia como secuela invalidante en grado absoluto o total, de ahí que, en este caso, la valoración realizada por la jueza de primera instancia se tenga en cuenta en el TSJ, ya que este tipo de patologías se suele analizar de manera individual.