Cualquier alimento con residuos de un organismo modificado genéticamente necesita una autorización expresa para ser vendido
Una contaminación fortuita no exima de la exigencia legal
Martes, 6 de septiembre del 2011 - 21:20h.
ELISEO OLIVERAS / Bruselas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha asestado un importante revés a los cultivos transgénicos al sentenciar que un producto alimenticio que se haya contaminado con material de un organismo genéticamente modificado (OGM) o que contenga residuos de un transgénico necesita unaautorización previa para comercializarse en el territorio europeo.
La sentencia, aplaudida por las organizaciones ecologistas y por los eurodipiutados Verdes, se produce a raíz de la contaminación de la miel de un apicultor alemán a causa de la presencia de cultivos del maíz trangénico MON 810 de Monsato en las proximidades de sus panales.
El Tribunal de la UE ha precisado que el carácter fortuito de la contaminación con transgénicos "no exime de la obligación de necesitar una autorización previa" para comercializar ese alimento, al igual que esa exigencia "es independiente de la proporción" del material transgénico introducido en en alimento.
Fuente: http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/tribunal-asesta-reves-los-transgenicos-1142185
P.D. Os recomiendo leer este articulo sobre transgénicos en este enlace http://afaramos.blogspot.com/2011/01/transgenicos-de-la-redencion-la.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario