By
Comision
legal
on
1
marzo, 2012
Los
letrados de los detenidos tras la movilización en Madrid contra la
reforma laboral del pasado viernes 10 de Febrero han denunciado el
pasado 16 de Febrero al Colegio de Abogados de Madrid el trato dado
por los funcionarios policiales a los detenidos y a los propios
abogados y abogadas en la Comisaría de Moratalaz.
En
la denuncia se relata que al acceder al control de la comisaría de
Moratalaz para asistir a sus clientes fueron recibidos por tres
personas -supuestamente policías- encapuchadas,
sin uniforme, vestidas de paisano, que
no portaban ningún distintivo, número o acreditación que pudiese
identificarles, y que otros -supuestos policías- también
encapuchados, y tampoco identificados, tomaron declaración a los
detenidos.
Aunque esta nueva práctica policial no tiene respaldo legal alguno,
se justificó por “motivos
de seguridad”.
En la denuncia también se señala que los funcionarios policiales no
respetaron la privacidad de las reuniones mantenidas entre los
detenidos con sus defensores.
En
el escrito se vuelve a denunciar el incumplimiento
sistemático de la obligación
por
parte de los agentes de Policía, y en especial de la UIP, de estar
continuamente identificados ante la ciudadanía. Recordemos
que todos los funcionarios policiales deben de llevar
“obligatoriamente
la placa-emblema del Cuerpo, con indicación del número de
identificación personal, en el pecho, por encima del bolsillo
superior derecho de la prenda de uniformidad.”
(art. 18 del RD 1484/1987, de 4 de diciembre). El incumplimiento de
dicha obligación es constitutiva de una falta grave según la Ley
Orgánica del régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.
En estricto cumplimiento de la Ley, deberían abrirse de oficio
procedimientos sancionadores contra aquellos agentes que actúan sin
portar de forma claramente visible su número de identificación
personal; la omisión de apertura de expedientes puede entenderse
como un tácito respaldo por parte de la Administración a una
ilícita práctica policial, que favorece la impunidad sus conductas.
La
Comisión Legal denuncia que estas prácticas policiales son símbolos
de la alarmante
aplicación del derecho
penal de enemigo
reconocida
hace pocos días por el máximo responsable de Policía de Valencia,
más característica de un Estado autoritario que de uno que se
considere democrático, criminalizándose conductas que no suponen
peligro alguno para bienes jurídicos sino que son simples
manifestaciones ideológicas, producto del derecho a la libertad de
expresión.
En teoría un Estado democrático los
funcionarios policiales están al servicio de la ciudadanía y deben
salvaguardar los derechos fundamentales de la misma, pero, en nuestra
realidad, el Estado está utilizando a estos funcionarios para tratar
a la ciudadanía, especialmente a la que se muestra más
reivindicativa, no como sujetos de derechos si no como enemigos a los
que combatir, utilizándose no solo formalmente un lenguaje bélico,
sino que materialmente las garantías jurídicas de que deberían
gozar las personas privadas de libertad comienzan a brillar por su
ausencia.
Ante la gravedad de los hechos
denunciados, la Comisión Legal espera que el Ministerio de Interior
asuma sus responsabilidades, ordenando de forma expresa el
escrupuloso respeto de los derechos que constitucionalmente tiene
reconocida la ciudadanía de este país, incluida la que,
eventualmente esté privada de libertad, y se depuren las
responsabilidades en que han incurrido los autores de los hechos
denunciados.
Madrid,
1 de marzo de 2012
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