El Tribunal Superior de Justicia de
Castilla-La Mancha da prioridad a la protección de la salud frente
al ahorro de 5,1 millones estimado por la Junta
EFE
Toledo 11/03/2013
La
secretaria general del PP,
María Dolores de Cospedal. REUTERS.
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El
Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha
desestimado el
recurso presentado por el Gobierno de Castilla-La Mancha
contra
su decisión de mantener abierto 24 horas al día el Punto de
Atención Continuada (PAC) de la
localidad toledana de Tembleque
de
forma cautelar. Así lo ha decidido la sección primera de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo en un auto respaldado por cinco
magistrados y que cuenta con dos votos particulares discrepantes.
El
Tribunal ha decidido mantener la medida cautelar dictada con
anterioridad por la que ordena que el punto de urgencias de Tembleque
permanezca abierto todo el día hasta que se dicte sentencia sobre el
fondo del asunto. El de Tembleque es uno
de los 21 PAC
que
el Gobierno de María Dolores de Cospedal decidió cerrar de tres o
ocho de la tarde, centros que, de momento y a la espera de que se
resuelva el conflicto judicial, permanecen abiertos.
El
recurso del Gobierno regional planteaba, entre otras cuestiones, que
el
TSJ no había acreditado de forma suficiente en su auto
los
"posibles perjuicios de difícil reparación para los usuarios"
que podría tener la aplicación de esa medida antes de que haya
sentencia definitiva. El TSJ responde que no se puede sostener que
los riesgos que tuvo en cuenta en su primer auto "sean
fantasiosos, ni pura especulación, lucubración, invención, ni tan
siquiera gratuitos o caprichosos".
Por
el contrario, expone que son fruto de la reflexión y de la
ponderación de los intereses en juego y añade que la administración
no ha logrado disipar con sus informes "la insatisfacción,
inseguridad e incertidumbres" que crea el nuevo orden de
atención sanitaria. Y recuerda que en su auto planteó hasta cinco
peligros o riesgos inherentes a esa decisión, como
los mayores tiempos en los desplazamientos,
los aplazamientos de tratamientos y diagnósticos, posibles
saturaciones de otros centros o falta de concreción del personal
sanitario asistencial o de los medios de transporte disponibles.
Para
el tribunal resulta "inexplicable" que la Junta no haga "la
más mínima mención" a los riesgos para los pacientes
El
TSJ expone que, pese a la concreción de esos indicios, la
Junta
no
hace en su recurso "la más mínima mención o alusión a ellos
ni el esfuerzo que le correspondería para rebatirlos y
contradecirlos". "Este silencio, que para la Sala resulta
inexplicable, es razón de peso añadida para convencernos de que los
riesgos apuntados son patentes y ostensibles", concluye el TSJ,
que sostiene que con ello tiene "más fuerza" la decisión
de mantener los centros abiertos.
El
Tribunal insiste en que, en
la ponderación de intereses, ha dado prioridad a la protección de
la salud,
sobre todo de las personas que más la necesitan, sobre el ahorro de
5,1 millones de euros anuales previsto por la Junta.
Votos
particulares
Casi
la mitad del auto está dedicado a los votos particulares que han
emitido dos de los siete magistrados de la sala, el firmado por
Miguel Ángel Pérez Yuste, y el suscrito por el presidente de la
Sala, José Borrego López, que también discrepó en
el auto de febrero
sobre
medidas cauterales.
Ambos
coinciden en que el recurso de reposición de la Junta se debería
haber estimado y, por tanto, haberse levantado la suspensión
cautelar de la Orden, pues entienden
que con ella no se producen perjuicios irreversibles para los
ciudadanos.
Además,
plantean que la existencia de determinados centros sanitarios, ya
sean PAC, ambulatorios e incluso hospitales, no determina que la
prestación sanitaria sea o no satisfactoria y critican que el TSJ
cuestione el modelo sanitario adoptado "sin fundamento
probatorio adecuado".
El
consejero de Sanidad de la Comunidad, José Ignacio Echániz, ya ha
anunciado que la Junta volverá a recurrir esta resolución ante el
Tribunal Supremo.
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