- El documento habla de "apartheid sanitario" entre pacientes de hospitales según su sistema de gestión
- Los médicos especialistas encargaron el estudio, que presentan a la Defensora del Pueblo
Un
informe
jurídico
que ha estudiado las medidas que la Comunidad
de Madrid ha
utilizado para llevar adelante su plan privatizador
de seis hospitales y hasta 27 centros
de salud abre la posibilidad de que sea un inconstitucional.
El bufete López Rodó y Cruz Ferrer ha analizado (a instancias de la
Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid -AFEM-)
el paquete de leyes en el que el Gobierno regional de Ignacio
González ha sustentado el Plan de Medidas de Sostenibilidad de la
Sanidad Pública madrileña y que pretende aumentar la cesión de una
parte de la gestión sanitaria a empresas.
El
documento (que ha podido leer eldiario.es)
analiza que el movimiento del equipo de Ignacio González vulnera,
por ejemplo, el artículo 41 de la Constitución Española que
garantiza “la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante
situaciones de necesidad”. Los abogados hablan de que el doble
régimen económico de la sanidad que atiende a los ciudadanos según
sean los hospitales de dirección directa o privatizados. El primero
es, dicen, “colaborativo” que exige la coordinación entre
centros para atender a los pacientes y que no plantea impedimentos
para que se reciba el tratamiento que se considera más adecuado para
la dolencia. El segundo, el de concesión, es calificado de
“competitivo” ya que si un paciente asignado por los pliegos de
condiciones contractuales recibe tratamiento en otro centro, la
empresa gestora sufre una pérdida en sus ingresos. De igual forma si
atiende a un asegurado de otra zona recibirá una cantidad por lo que
existen "incentivos
para tratar o no a los pacientes en función del coste del
tratamiento o de que sean ajenos o propios",
analizan los abogados.
Se
crea así “un sistema de apartheid
sanitario”,
concluyen. Esta manera de organizar la sanidad pública agrede, de
esta manera, “el artículo 149 constitucional porque la Comunidad
de Madrid no tiene competencia para alterar el régimen público de
aseguramiento sanitario, estableciendo uno propio”. A la vista del
informe, queda comprometido el principio de igualdad amparado en el
artículo 14 de la Constitución.
Además,
el estudio jurídico del bufete y los médicos se fija en la manera
de aprobar
la ley de Medidas Fiscales y Administrativas
de la Comunidad de Madrid que la Asamblea de Madrid votó en
diciembre de 2012 y que da a la Consejería de Sanidad las
herramientas legales para llevar a cabo su plan privatizador. Según
este informe, el Gobierno madrileño ha
fallado en la práctica de buen gobierno recogido
en el artículo 44 de la Carta Magna que obliga a los ejecutivos a
justificar sus movimientos. Dice el texto que se ha procedido sin
“los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre las mismas y
para que pueda aplicarse un mínimo de seguridad jurídica”, es
decir, que los diputados votaron sin tener elementos de juicio
sólidos para saber que lo que se votaba era lo necesario y
justificarlo: el Gobierno presentó su plan y la Asamblea lo aprobó
como correa de trasmisión política.
Por último, los letrados alertan de la
falta de control que acabará produciéndose en la acción de las
empresas contratadas para dirigir los hospitales: “Los Sistemas de
Información del Servicio Madrileño de Salud no parece que dispongan
ni de la capacidad ni de las prestaciones para suministrar toda
información que exigiría el cumplimiento de estos contratos
especialmente la facturación intercentros, que es una cuestión
clave para que los concesionarios no obtengan una retribución
excesiva que no les corresponde”.
AFEM
presenta este jueves el informe a la Defensora
del Pueblo.
Un recurso de inconstitucionalidad sólo puede ser presentado por el
Gobierno central, los autonómicos, cincuenta diputados o cincuenta
senadores, la Asambleas regionales o el Defensor.
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