Las patentes se
tornan en un obstáculo para el ejercicio del Derecho a la Salud y
para el acceso a medicamentos por parte de sus potenciales
beneficiarios: los pacientes.
nuevatribuna.es | Por Oscar Lanza |
AIS-CODEDCO-IBFAN-FUNAVI (Bolivia) | 08 Enero 2015
Foto: Revista Polémica.
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Las patentes dificultan actualmente la
libre difusión de las innovaciones frenando el desarrollo
tecnológico
Todos reconocen la necesidad de
introducir nuevos conceptos y estrategias en el debate global que se
da actualmente sobre el ejercicio del Derecho a la Salud y el acceso
a los medicamentos esenciales a nivel mundial.
Lamentablemente, este Derecho Humano
fundamental todavía se ve obstaculizado por el actual sistema de
patentes. Una patente es un conjunto de derechos exclusivos
concedidos por un estado al inventor de un nuevo producto o
tecnología susceptibles de ser explotados comercialmente por un
período limitado de tiempo, a cambio de la divulgación posterior de
la invención. La patente se enmarca dentro de la propiedad
industrial que a su vez forma parte del llamado régimen de propiedad
intelectual.
Los medicamentos son ciertamente el
resultado de investigación, usualmente de un laboratorio. Luego
estos, se comercializan sujetos a la protección comercial que
brindan las agencias internacionales de patentes a ese producto que
contiene un principio activo nuevo, derivado de años de
investigación y que es comercializado por el dueño de la patente,
bajo un nombre comercial de marca registrada. Las normativas
establecen que todo medicamento que tenga un nombre específico, debe
ser usado solamente por esa determinada firma comercial o industrial
que lo ofrece a la venta.
La patente, sin embargo, no se limita a
la molécula, sino también a la formulación, mecanismo de
producción, o asociación con otras moléculas. Mediante sucesión
de patentes las industrias farmacéuticas buscan y consiguen
prolongar el periodo de exclusividad de sus presentaciones
comerciales, aun cuando presentaciones anteriores de la misma
molécula hayan quedado libres.
Las patentes sin embargo, ahora se
tornan en un obstáculo para el ejercicio del Derecho a la Salud y
para el acceso a medicamentos por parte de sus potenciales
beneficiarios: los pacientes.
Esta situación afecta a todos y en
particular a las poblaciones de los Países en Vías de Desarrollo
(PVD) donde las patentes ya no responden al fin para las que fueron
establecidas, ya que inicialmente se buscaba con ellas, como ventajas
posibles, motivar la creatividad del inventor, otorgarle la garantía
de que su actividad inventiva estará protegida por 20 años y será
el único autorizado en explotarla. Si la patente tiene éxito
comercial o industrial, el inventor se beneficia por tanto con la o
las licencias de explotación que decida otorgar a terceras personas.
Con la patente se trata también de evitar el plagio de inventos. Por
su parte, el Gobierno, a través de la patente, promueve la creación
de invenciones de aplicación industrial, fomenta el desarrollo y
explotación de la industria y el comercio, así como la
transferencia de tecnología.
Hoy en día, sin embargo, las
desventajas son evidentes, pues las patentes dificultan actualmente
la libre difusión de las innovaciones frenando el desarrollo
tecnológico, se constituyen en obstáculos monopolistas opuestos a
la libre competencia, dificultan el acceso de los países en vías de
desarrollo a las nuevas tecnologías e información, desincentivan la
investigación al establecer un período de utilización exclusiva de
una tecnología sin necesidad de mejorarla.
Así, se plantea la necesidad de
re-definir con mayor claridad, qué se considera innovación en
materia de medicamentos, establecer el grado de respeto con ellas a
la auto determinación de los países y/o estados, para que éstos
estados puedan cuidar apropiadamente de la salud de sus poblaciones y
mantener al mismo tiempo una racionalidad en el uso de patentes de
acuerdo a sus características propias, teniendo en cuenta no solo
los aspectos económicos y sus presiones, si no la perspectiva de
justicia social, y respeto a derechos humanos.
El desafío es incentivar la
investigación de manera que se estimulen y premien los nuevos
descubrimientos farmacológicos y la innovación terapéutica y una
recuperación de inversiones efectuadas para la Investigación y
Desarrollo (I+D), pero sin abusos que afecten en exceso los derechos
de los pacientes.
LAS PATENTES Y SUS FLEXIBILIDADES
Si bien se admite que el sistema de
patentes, con las desventajas señaladas, entre muchas otras, cumplen
en algo su función de incentivo en el descubrimiento de nuevos
productos, buena parte de estos descubrimientos no resultan
accesibles a las personas que verdaderamente los necesitan, por sus
precios prohibitivos, identificándose así un serio problema
estructural pendiente de resolver.
Algunos investigadores señalan que la
innovación y la investigación médica, es posibles gracias a fondos
públicos destinados por los gobiernos a apoyar la educación
superior. En otras palabras son los impuestos de los ciudadanos que
contribuyen, hasta en un 41% en algunos países, para la formación
de recursos humanos y profesionales y por tanto para investigación
que ellos realizan. Pero cuando estos investigadores descubren un
principio activo, el fruto de de su labor no beneficia al conjunto de
la sociedad que costeo su formación, si no los beneficios de su
descubrimiento benefician a las empresas para las cuales trabajan y
que usualmente promueven la investigación, no precisamente de
enfermedades prevalentes y prioritarias que afectan a gran parte de
la población mundial, si no a problemas de salud que afectan a los
ciudadanos del mundo desarrollado, con aceptables o altos ingresos y
algunos de los cuales son más bien problemas que pueden ser
catalogados como mas banales que reales.
Ante esta situación, en noviembre del
2001, los gobiernos Miembros de la Organización Mundial del Comercio
(OMC), adoptaron por consenso una Declaración relativa a los
Acuerdos de Propiedad Intelectual ADPICs y la Salud Pública,
conocida como la Declaración de Doha, buscando así responder a las
preocupaciones manifestadas por buena parte de los estados, sobre el
hecho que los ADPIC continúen dificultando el acceso a medicamentos
a los pacientes.
Esta declaración, señala que “los
ADPICs no impiden ni debe impedir que los gobiernos Miembros de la
OMC adopten medidas para proteger la salud pública, reafirmando el
derecho de los estados miembros, de utilizar, al máximo, las
disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC, que prevén flexibilidad a
este efecto”. Esta declaración subraya que “los ADPICs deberán
ser interpretados y aplicados de manera que apoyen el derecho de los
miembros de la OMC de proteger la salud pública y, en particular, de
promover el acceso a los medicamentos para todos”.
En cuanto a la concesión de licencias
obligatorias, la Declaración establece con claridad que “todo
miembro de la OMC es libre de determinar las bases sobre las cuales
se conceden tales licencias”, estipulando que en situaciones de
emergencias nacionales y otras circunstancias de extrema urgencia, no
será la licencia requisito previo para el otorgamiento de una
licencia obligatoria. La Declaración establece que cada Miembro
tiene el derecho de determinar lo que constituye una emergencia
nacional o circunstancias de extrema urgencia, y que crisis que
afectan a la salud pública, como el VIH/SIDA, la tuberculosis, el
paludismo y otras epidemias, pueden considerarse situaciones de esa
naturaleza.
La Declaración también se refiere al
“agotamiento” de los derechos de propiedad intelectual y, por
tanto, al derecho de los Miembros a autorizar importaciones
paralelas. Así, cada país debe adoptar, a escala nacional, las
medidas necesarias para recurrir a esta flexibilidad, cuando sea
preciso, si desea garantizar la disponibilidad de medicamentos a
precios asequibles.
Los costos inaccesibles de muchos de los nuevos medicamentos siguen afectando el derecho a la salud de los ciudadanos
MÁS ALLA DE LAS BUENAS INTENCIONES
Si bien la Declaración de Doha
significó un avance significativo para favorecer el acceso a
medicamentos, muchos estados miembros de la OMS, después de más de
12 años de ese acuerdo, expresaron durante la última Asamblea
Mundial de la Salud 2014 (67ava. AMS/WHA), sus preocupaciones sobre
el grado de implementación de este acuerdo para favorecer un real
acceso a medicamentos.
Algunos estados expresaron que los
costos inaccesibles de muchos de los nuevos medicamentos, siguen
afectando el derecho a la salud de sus ciudadanos, citando como
ejemplo los altos costos de medicamentos contra el cáncer y la
hepatitis C, llamando la atención de los delegados sobre la evidente
contradicción entre proponer avances "hacia la cobertura
universal de salud y el logro de los Objetivos de Desarrollo del
Milenio relacionados con la salud", con lo que ocurre en la
práctica con el acceso a medicamentos, proponiendo la necesidad
urgente de respuestas coherentes y coordinadas para hacer frente a
las "determinantes del acceso a los medicamentos esenciales para
mejorar su disponibilidad, accesibilidad, calidad y racional
utilización".
Sud África, enfatizo que "el alto
precio de los medicamentos, en particular en el sector privado,
representa una barrera clave para el acceso a los medicamentos
esenciales, derivando en una cuestión de la vida y muerte",
sugiriendo estrategias claves a adoptar por los estados miembros,
como ser: el control del precio de compra, el pleno uso de las
flexibilidades de los ADPICs, mayor seguimiento a los sistemas de
disponibilidad de medicamentos; sistemas regulatorios mas
transparentes para la producción de genéricos; políticas de
sustitución de genéricos, fomento de la competencia para
incrementar la producción de genéricos, enfatizando que ”las
patentes aun tienen un impacto dramático en el acceso a los
medicamentos”.
Brasil señalaba que "la propiedad
intelectual no debe ser un obstáculo para las políticas nacionales
en materia de acceso a los medicamentos y por tanto, los países
deberían ser capaces de utilizarlos de una manera que sea propicia a
sus circunstancias nacionales". Malasia apoyaba plenamente el
uso de flexibilidades en cuanto a los de los ADPICs. Bolivia
expresaba su preocupación por el impacto negativo de los acuerdos
bilaterales, como el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP),
actualmente en fase de negociación, que tiene impacto negativo sobre
el acceso a los medicamentos.
La industria farmacéutica, continúa siendo una de las industrias con mayores beneficios en la economía mundial
ALGUNOS DATOS
A pesar de más de 20 años de debate y
de innumerables propuestas, es innegable que la industria
farmacéutica, continúa siendo una de las industrias con mayores
beneficios en la economía mundial.
Muchísimas personas mueren,
especialmente en los países en vías de desarrollo de enfermedades
que son prevenibles y/o curables. La malaria, la tuberculosis, las
infecciones -respiratorias agudas cobran, entre otras, un promedio de
6,1 millones de vidas anuales. La gente aun muere debido a que los
medicamentos para tratar esas enfermedades resultan inexistentes o
bien ya no son eficaces. Mueren porque sus dolencias no resultan
rentables y por tanto lo pagan con su vida.
En EEUU, mientras las 500 empresas más
grandes tienen un promedio de tasa de beneficio del 5%, las 10
empresas farmacéuticas más grandes de ese país, registran un
promedio del 17% de beneficios.
Estos enormes beneficios resultan de la
protección que les ofrece el estado, para imponer o dictar el precio
de los productos farmacéuticos al nivel que deseen, a través de las
patentes. Otros países garantizan que el laboratorio que produce un
medicamento defina el precio del mismo, gracias al monopolio de
patentes, impidiendo así, por varios años, que otros laboratorios
produzcan el mismo fármaco o uno semejante. El mercado funciona en
el sector farmacéutico muy rentablemente gracias las patentes, que
permiten se impongan precio de los productos. Así, las patentes
aseguran a las empresas el poder de controlar la producción y
distribución, con un comportamiento claramente monopolístico.
Por ejemplo, un nuevo tratamiento para
hepatitis C, cuesta 25.000 euros por paciente en Europa, mientras en
EEUU cuesta USD 84.000 dólares (unos 63.000 euros) por paciente.
Egipto, sin embargo, por citar un ejemplo, produce el mismo fármaco
genérico por 900 dólares (unos 675 euros) y la India dispone de un
producto idéntico por 200 dólares (unos 150 euros). Es claro que
resultaría más económico que los Estados fuesen quienes
investigaran y desarrollaran los productos que necesitan.
Por ello, los países más pobres
alientan a sus compañías farmacéuticas para que produzcan
alternativas genéricas más baratas, y que los productos de marca
resultan muy caros, instándolos a utilizar otras herramientas
disponibles para intentar bajar el precio de los medicamentos a
niveles más asequibles.
Estos países sin embargo, se enfrentan
a una enorme presión de las instituciones internacionales y de las
empresas farmacéuticas multinacionales, aun cuando la producción de
medicamentos genéricos y otras opciones son legítimas según las
normas internacionales. Las multinacionales del medicamento se ven
beneficiadas por el actual sistema de patentes que protege, en forma
por demás dominante sus inversiones, extendiendo la protección de
patentes por el mayor tiempo posible.
No es un secreto que las compañías
farmacéuticas gastan más en publicidad y marketing que en
investigación. Su investigación sin embargo esta sesgada, como
antes señalamos, al ser dirigida a investigación de medicamentos
que respondan a estilos de vida, antes que a los medicamentos que
salvan vidas.
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