- La sentencia considera que la enfermedad fue causada por la excesiva exposición electromagnética del trabajador en las instalaciones de Endesa
- Con anterioridad tribunales italianos ya habían reconocido el tumor cerebral como enfermedad laboral en trabajadores altamente expuestos a la radiación del teléfono móvil
- El fallo judicial viene a sumarse a recientes sentencias en España concediendo la Incapacidad laboral a trabajadores afectados por electrosensibilidad
El pasado Diciembre el Tribunal
Superior de Justicia de Aragón confirmó la sentencia del Tribunal
de Primera Instancia de Zaragoza concediendo a Joaquín Sanz el
reconocimiento de que su electrosensibilidad había sido consecuencia
de accidente laboral. La sentencia reconoce que el demandante que
desempeñaba labores como ingeniero de sistemas contrajo la
electrosensibilidad en los centros de trabajo.
Joaquín Sanz, que comenzó a sufrir
los síntomas de su enfermedad en 2009, realizó sus funciones en las
sedes de Endesa en Aznar Molina y Argualas ubicadas junto a centros
de transformación eléctrica en los que había un alto nivel de
exposición electromagnética. En 2013 los servicios médicos de la
empresa le valoraron como persona sensible a campos
electromagnéticos, a pesar de ello tuvo que seguir compatibilizando
su trabajo en lugares como las oficinas situadas en Madrid junto a
Wifis y antenas de telefonía.
En 2011 el tribunal Supremo de Italia
concedía a Innocente Marcolini que su neurinoma del nervio craneal
fue causado por las varias horas al día que pasaba hablando por el
teléfono móvil por motivos de trabajo. Del mismo modo, en 2017
Roberto Romeo conseguía que su tumor cerebral consecuencia del uso
del teléfono móvil fuese considerado como enfermedad profesional
por el Tribunal de Justicia de Ivrea. Ambas sentencias tuvieron en
cuenta la información científica aportada por los peritos en la que
se demostró que hay una relación causal entre la radiación del
teléfono móvil y el cáncer cerebral, lo que hizo que en 2011 la
OMS clasificase los campos electromagnéticos de radiofrecuencia como
categoría 2B o posiblemente cancerígeno en humanos.
En 2016 el ingeniero de
telecomunicaciones Ricardo de Francisco conseguía que el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid declarase que su electrosensibilidad
era causa de Incapacidad laboral, del mismo modo que lo lograba en
2017 una trabajadora de la Universidad de Murcia.
La Comunidad científica lleva tiempo
denunciando que los crecientes niveles de contaminación
electromagnética suponen un riesgo para la salud y que las
instituciones de protección radiológica están siendo influidas por
las compañías de telecomunicaciones. Diferentes organizaciones
ecologistas y colectivos de afectados vienen demandando que se
rebajen los actuales límites de emisión electromagnética, tanto
para la población en general como en el ámbito laboral.
Hay que señalar que la Ley General de Salud Pública española de 2011 considera que se deberá tomar en
cuenta el impacto en la salud de las emisiones electromagnéticas.
Así mismo, resaltar que la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 25, insta a proteger a los trabajadores
que por su condición particular sean especialmente sensibles a
riesgos derivados del trabajo; así como frente a elementos que
puedan poner en peligro su fertilidad, aspecto que si se aplicase de
manera proteccionista, según la información científica disponible
significaría que muchos puestos de trabajo, como aquellos cercanos a
un punto Wifi, estarían incumpliendo la normativa. Del mismo modo,
hay que mencionar que Resoluciones del Parlamento Europeo de 2009 y
de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa en 2011 piden
medidas que garanticen la protección de las personas afectadas por
electrosensibilidad.
Algunas administraciones, como Francia
y el Estado de California, empiezan a tomar nota de estos nuevos
peligros y a poner en marcha campañas informativas para que la
población pueda disminuir la exposición electromagnética mediante
un uso más razonable de la tecnología. Sin embargo, en España
sucesivas legislaciones -Ley General de Telecomunicaciones en 2014 y
Real Decreto 299/2016- mantienen unos límites para la población y
profesional muy por encima de los demandados por la comunidad
científica, y en 2017 el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda
Digital respaldaba un informe del CCARS –Comité Científico Asesor
Radiofrecuencias y Salud- vinculado a la industria, que negaba la
electrosensibilidad y los posibles riesgos para la salud en los
actuales niveles de emisión electromagnética.
El reconocimiento por parte de la
justicia de enfermedades causadas por la contaminación
electromagnética pone de relieve que hay un problema de
medioambiente y de salud que no se está atendiendo adecuadamente.
Las infraestructuras eléctricas y especialmente las tecnologías de
transmisión por radiofrecuencia han tenido un auge inusitado en los
últimos tiempos, sin que hayan venido acompañadas de normativas que
protejan adecuadamente la salud e información que permita a los
usuarios conocer los usos más saludables de la tecnología.
Los ciudadanos están siendo expuestos
a radiación electromagnética sin conciencia de ello y sin
posibilidades de protegerse. El tipo de desarrollo y los niveles de
emisión se han venido fijando según los intereses de las industrias
y no según criterios científicos independientes. En esta situación
son los tribunales los que han tenido que amparar a trabajadores
afectados por la contaminación electromagnética. Si no se toman
medidas urgentes, según las previsiones de los expertos, asistiremos
cada vez más a un aumento de problemas de salud relacionados con la
exposición electromagnética, como el cáncer, la
electrosensibilidad, la infertilidad y los trastornos de la conducta
infantil.
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