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sábado, 12 de enero de 2019

Nota de Prensa EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN RECONOCE LA ELECTROSENSIBILIDAD COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE LABORAL

  • La sentencia considera que la enfermedad fue causada por la excesiva exposición electromagnética del trabajador en las instalaciones de Endesa
  • Con anterioridad tribunales italianos ya habían reconocido el tumor cerebral como enfermedad laboral en trabajadores altamente expuestos a la radiación del teléfono móvil
  • El fallo judicial viene a sumarse a recientes sentencias en España concediendo la Incapacidad laboral a trabajadores afectados por electrosensibilidad
El pasado Diciembre el Tribunal Superior de Justicia de Aragón confirmó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Zaragoza concediendo a Joaquín Sanz el reconocimiento de que su electrosensibilidad había sido consecuencia de accidente laboral. La sentencia reconoce que el demandante que desempeñaba labores como ingeniero de sistemas contrajo la electrosensibilidad en los centros de trabajo.

Joaquín Sanz, que comenzó a sufrir los síntomas de su enfermedad en 2009, realizó sus funciones en las sedes de Endesa en Aznar Molina y Argualas ubicadas junto a centros de transformación eléctrica en los que había un alto nivel de exposición electromagnética. En 2013 los servicios médicos de la empresa le valoraron como persona sensible a campos electromagnéticos, a pesar de ello tuvo que seguir compatibilizando su trabajo en lugares como las oficinas situadas en Madrid junto a Wifis y antenas de telefonía.

En 2011 el tribunal Supremo de Italia concedía a Innocente Marcolini que su neurinoma del nervio craneal fue causado por las varias horas al día que pasaba hablando por el teléfono móvil por motivos de trabajo. Del mismo modo, en 2017 Roberto Romeo conseguía que su tumor cerebral consecuencia del uso del teléfono móvil fuese considerado como enfermedad profesional por el Tribunal de Justicia de Ivrea. Ambas sentencias tuvieron en cuenta la información científica aportada por los peritos en la que se demostró que hay una relación causal entre la radiación del teléfono móvil y el cáncer cerebral, lo que hizo que en 2011 la OMS clasificase los campos electromagnéticos de radiofrecuencia como categoría 2B o posiblemente cancerígeno en humanos.

En 2016 el ingeniero de telecomunicaciones Ricardo de Francisco conseguía que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declarase que su electrosensibilidad era causa de Incapacidad laboral, del mismo modo que lo lograba en 2017 una trabajadora de la Universidad de Murcia.

La Comunidad científica lleva tiempo denunciando que los crecientes niveles de contaminación electromagnética suponen un riesgo para la salud y que las instituciones de protección radiológica están siendo influidas por las compañías de telecomunicaciones. Diferentes organizaciones ecologistas y colectivos de afectados vienen demandando que se rebajen los actuales límites de emisión electromagnética, tanto para la población en general como en el ámbito laboral.

Hay que señalar que la Ley General de Salud Pública española de 2011 considera que se deberá tomar en cuenta el impacto en la salud de las emisiones electromagnéticas. Así mismo, resaltar que la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 25, insta a proteger a los trabajadores que por su condición particular sean especialmente sensibles a riesgos derivados del trabajo; así como frente a elementos que puedan poner en peligro su fertilidad, aspecto que si se aplicase de manera proteccionista, según la información científica disponible significaría que muchos puestos de trabajo, como aquellos cercanos a un punto Wifi, estarían incumpliendo la normativa. Del mismo modo, hay que mencionar que Resoluciones del Parlamento Europeo de 2009 y de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa en 2011 piden medidas que garanticen la protección de las personas afectadas por electrosensibilidad.

Algunas administraciones, como Francia y el Estado de California, empiezan a tomar nota de estos nuevos peligros y a poner en marcha campañas informativas para que la población pueda disminuir la exposición electromagnética mediante un uso más razonable de la tecnología. Sin embargo, en España sucesivas legislaciones -Ley General de Telecomunicaciones en 2014 y Real Decreto 299/2016- mantienen unos límites para la población y profesional muy por encima de los demandados por la comunidad científica, y en 2017 el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital respaldaba un informe del CCARS –Comité Científico Asesor Radiofrecuencias y Salud- vinculado a la industria, que negaba la electrosensibilidad y los posibles riesgos para la salud en los actuales niveles de emisión electromagnética.

El reconocimiento por parte de la justicia de enfermedades causadas por la contaminación electromagnética pone de relieve que hay un problema de medioambiente y de salud que no se está atendiendo adecuadamente. Las infraestructuras eléctricas y especialmente las tecnologías de transmisión por radiofrecuencia han tenido un auge inusitado en los últimos tiempos, sin que hayan venido acompañadas de normativas que protejan adecuadamente la salud e información que permita a los usuarios conocer los usos más saludables de la tecnología.

Los ciudadanos están siendo expuestos a radiación electromagnética sin conciencia de ello y sin posibilidades de protegerse. El tipo de desarrollo y los niveles de emisión se han venido fijando según los intereses de las industrias y no según criterios científicos independientes. En esta situación son los tribunales los que han tenido que amparar a trabajadores afectados por la contaminación electromagnética. Si no se toman medidas urgentes, según las previsiones de los expertos, asistiremos cada vez más a un aumento de problemas de salud relacionados con la exposición electromagnética, como el cáncer, la electrosensibilidad, la infertilidad y los trastornos de la conducta infantil.

martes, 28 de febrero de 2017

¿Existe el Síndrome de Sensibilidad Química? Un juez cree que sí

El fallo judicial abre una puerta a los enfermos afectados por esta patología considerada rara para reclamar el reconocimiento de su situación

XELO GIMENO 28 FEB 2017
En la imagen, Rubén F.B., afectado por el síndrome de Sensibilidad Química.  
Un fontanero de Castellón de 47 años, Rubén F. B., ha conseguido que una juez le reconozca por primera vez en España, la incapacidad permanente y la gran invalidez por el Síndrome de Sensibilidad química, electrosensibilidad y Fibromialgia que padece. Es la primera sentencia en España que reconoce la incapacidad y la dependencia de un tercero para el día a día, explica Yolanda Bermejo, abogada que ha llevado el caso.

La salud de este castellonense empezó a deteriorarse hace 9 años encadenando las bajas laborales hasta el punto de abandonar su empresa. Después de visitar a varios médicos y otros especialistas se le diagnosticó Síndrome de Fatiga Crónica, Fibromialgia, Sensibilidad Química Múltiple, hipersensibilidad electromagnética, entre otras múltiples intolerancias y escasa respuesta terapéutica.

El siguiente paso fue llevar el caso a los tribunales. Yolanda Bermejo, responsable del departamento laboral del despacho Domingo Monforte, reconoce que han sido 4 años de pleitos que finalizan en un éxito para los pacientes de esta clase de enfermedades emergentes. La Sensibilidad Química Múltiple está incluida por el Ministerio de Sanidad español en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) desde 2014. “No solo se le da a este enfermo el 100% de la prestación sino que además se añade un complemento de ayuda de tercera persona para que viva con un mínimo decoro y se cubran las necesidades básicas de la vida diaria, porque esta persona no puede trabajar en nada” detalla la abogada.

Hasta el momento, la ciencia ha negado que este conjunto de síntomas puedan ser reconocidos como una enfermedad. "Hasta la fecha, las pruebas científicas no apoyan la existencia de una relación entre estos síntomas y la exposición a campos electromagnéticos”, asegura la OMS, que apunta a “la ansiedad relacionada con la presencia de nuevas tecnologías”. Todas las entidades científicas coinciden en este aspecto. El último informe, de febrero de 2015, proviene del Comité Científico de los Riesgos Sanitarios Emergentes y Recientemente Identificados (CCRSERI), puesto en marcha hace una década por la Comisión Europea para contar con un asesoramiento de expertos en temas muy complejos. El organismo revisó 700 estudios científicos sobre el tema, sin encontrar efectos en la salud con los actuales límites legales.
“No solo se le da a este enfermo el 100% de la prestación sino que además se añade un complemento de ayuda de tercera persona para que viva con un mínimo decoro y se cubran las necesidades básicas"

Sin embargo, el mundo es tóxico para el cuerpo de este enfermo, en el sentido más literal de la palabra. Cualquier producto químico ambiental, en la ropa, en la comida, en el agua, un perfume, incluso una simple hoja de papel o la tinta de un bolígrafo le provoca una reacción agresiva. Además, sufre sensibilidad electromagnética y Fibromialgia. Estar cerca de un electrodoméstico o de un teléfono móvil le genera desde dolor generalizado del cuerpo a diarrea, pérdida de memoria, pitidos y zumbidos, visión borrosa, escozor de ojos, quemazón en garganta y tubo digestivo, fatiga física y mental. Una larga lista de más de 20 síntomas que se combinan en cada crisis.

Este paciente ha tenido que trasladarse a una casa aislada en el interior de la provincia de Castellón sin luz eléctrica, el suministro procede de placa solar. En el viaje le ha acompañado su esposa y sus hijos. La mujer describe el día a día: “no puede llevar ropa, en casa va en pantalón corto, si sale tenemos un traje especial sin rastro de producto químico. Conectamos la energía un rato para que los niños hagan los deberes y utilizamos linternas o velas que no emiten olor cuando oscurece”. La limpieza diaria se hace con vinagre y bicarbonato, el aseo personal con jabón natural ecológico y se cocina todo al vapor. “Lo peor es que te encuentras solo, la familia, los amigos piensan que te has vuelto loco, no te creen, la gente no entiende esta enfermedad. A veces él me dice ¿qué es peor estar muerto o perder la vida?. Muerto no sufres”, concluye la mujer.

José Domingo Monforte valora la sentencia en positivo —“es una gran satisfacción”, asegura— porque se va a beneficiar más gente con esta decisión judicial. El abogado explica que estos casos son muy frustrantes porque “vives la penosidad del paciente y no obtienes el reconocimiento por parte del juzgado debido a que influye la posición de la Seguridad Social, que sigue dando la espalda a este tipo de enfermos”. "Lo agradable es que los abogados pueden cambiar el curso de las cosas y que también hay jueces valientes", añade.

Demostrar el grado de dependencia de esta persona ha sido lo más complicado de este juicio y reconoce el papel de Yolanda Bermejo:“ha sabido trasmitir al juez la situación diaria de este hombre, como dijo Quevedo, una comida que nunca acaba”.

viernes, 9 de septiembre de 2016

Comunicado de prensa: LOS ELECTROSENSIBLES VALORAN POSITIVAMENTE EL RECONOCIMIENTO DE LA ELECTROSENSIBILIDAD POR TRIBUNALES ESPAÑOLES Y DENUNCIAN EL TRATAMIENTO INFORMATIVO EN ALGUNOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN


La información científica demuestra que la electrosensibilidad es una alteración orgánica por exposición a campos electromagnéticos

Es necesario debatir abiertamente sobre los problemas de salud relacionados con la contaminación electromagnética

Ante la reciente noticia sobre la sentencia que concede el reconocimiento de incapacidad permanente total por síndrome de Electrosensibilidad por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid a un ingeniero de Telecomunicaciones.

Desde la asociación Electro y Químico Sensibles por el Derecho a la Salud (EQSDS) consideramos como un avance los fallos judiciales que reflejan y recogen la realidad de las personas que padecen este síndrome de intolerancia a Campos Electromagnéticos No ionizantes de origen artificial. Valoramos y respetamos el veredicto de los jueces que toman sus decisiones basándose en las pruebas presentadas y apoyados en valoraciones de médicos y expertos en la materia.

La Sensibilidad Química Múltiple y la electrosensibilidad son problemas de salud asociados al progreso y los factores ambientales. La Sensibilidad Química consiste en una pérdida de tolerancia a sustancias químicas de uso habitual, principalmente sintéticas y en general con algún grado de carga tóxica. En el caso de la electrosensibilidad es la exposición a los campos electromagnéticos la desencadenante de los síntomas. A pesar de una cobertura sanitaria aún deficiente, la Sensibilidad Química cuenta con el reconocimiento en varios países como España. Sin embargo la falta de reconocimiento oficial de la electrosensibilidad supone una dificultad añadida para los afectados que chocan con la incomprensión del entorno y con la ausencia de asistencia por parte de las instituciones públicas y sanitarias. Algunas de estas personas, incapacitadas para trabajar pero a las que se les deniegan las ayudas no tienen más remedio que acudir a la justicia para hacer valer sus derechos. Es cuando se producen sentencias favorables para estos afectados que los medios de comunicación se hacen eco de la noticia. Hace unos meses en Francia se produjo una sentencia favorable para Marine Richard, afectada de electrosensibilidad, y ahora hemos conocido que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a Ricardo de Francisco, un ingeniero de telecomunicaciones afectado de electrosensibilidad, en su demanda contra el INSALUD por el reconocimiento de su Incapacidad laboral. A raíz de estos hechos han aparecido en algunos medios de comunicación ciertos artículos e informaciones que como Asociación de personas afectadas por sensibilidades química y electromagnética queremos puntualizar:

Aunque somos conscientes de que la existencia de la electrosensibilidad viene a poner en duda la seguridad de la telefonía móvil, un negocio que mueve en el mundo dos billones de dólares al año, no deja de causarnos sorpresa y estupor el tratamiento tendencioso que, desde un supuesto punto de vista científico, se ha dado a la noticia en algunos medios de comunicación. Medios que presumen de realizar un periodismo de calidad publican artículos en los que se niega la existencia de la hipersensibilidad electromagnética y se desacredita a las personas que la padecen, omitiendo la base científica que la avala y dificultando las medidas a tomar para su adecuado tratamiento.

Nos hemos encontrado con titulares como “La electrosensibilidad usada por un tribunal para dar una incapacidad no existe según los científicos” o “Sanidad culpa a las ondas electromagnéticas de una enfermedad que no causan” y con afirmaciones como: “la electrosensibilidad es una trastorno psicológico”. Este tipo de informaciones suponen un perjuicio para un colectivo de personas enfermas que están luchando por mejorar su salud, conseguir reconocimiento y ayudas para su supervivencia y que precisan de la comprensión de su entorno para alcanzar las adaptaciones necesarias a su condición de discapacidad.

Llama la atención que este tipo de artículos periodísticos sistemáticamente elude ofrecer el punto de vista de los médicos e instituciones que reconocen este síndrome y que están alertando del problema de salud que representa la contaminación electromagnética.

Queremos dejar claro que los principales expertos que tratan e investigan este síndrome descartan cualquier origen psicosomático y que hay suficiente información científica que demuestra que la electrosensibilidad es una alteración orgánica en respuesta a los campos electromagnéticos. Los médicos que tratan habitualmente a personas EHS de forma sistemática y con los protocolos adecuados ven como los pacientes mejoran cuando consiguen vivir en un entorno con niveles muy bajos de contaminación. También hemos observado como algunos médicos que se dedican a opinar sobre este tema no han tratado a personas con electrohipersensibilidad y algunos incluso no se dedican a la práctica clínica.

Actualmente hay decenas de miles de investigaciones que encuentran efectos biológicos en los niveles de exposición a los que estamos expuestos en la actualidad. Cientos de investigadores de todo el mundo expertos en bioelectromagnetismo alertan de posibles riesgos. Omitir esta información además de no consultar o mencionar el punto de vista de la fuente principal de la noticia (los afectados) son indicadores de gran parcialidad periodística.

Desconocemos los motivos porque estos periodistas actúan con este sesgo. En el mejor de los casos pudiera ser que por ignorancia utilicen fuentes ya sesgadas. Lo cierto es que objetivamente este conjunto de deficiencias es signo de una mala práctica profesional.

Sabemos que la situación seguirá siendo complicada para las personas afectadas por electrosensibilidad. Un porcentaje elevado de las investigaciones científicas están financiados por la industria de telefonía móvil y los resultados de estas investigaciones coinciden con sus intereses. Algunas instituciones internacionales de referencia están en el punto de mira por denuncias de conflictos de interés, al estar sus decisiones muy mediatizadas por la industria. Los gobiernos son reacios a aplicar medidas de precaución que pudieran suponer un freno a la actual y rápida expansión de las tecnologías inalámbricas, así como a aumentar el gasto socio-sanitario en nuevas enfermedades. Los grandes medios de comunicación no parecen interesados en debatir sobre las implicaciones para la salud de las nuevas tecnologías inalámbricas. Sin embargo el problema va a requerir nuestra atención: cada vez son más las personas que se dirigen a nuestra asociación para buscar información que les ayude a manejar adecuadamente este síndrome/discapacidad. 

Especialmente preocupante nos resulta el aumento de casos en menores. Por todo esto desde aquí felicitamos a los medios de comunicación que tratan este tema con ecuanimidad y rigor periodísticos en aras al derecho de información.

Creemos que la sociedad tiene que tener acceso a toda la información científica disponible sobre los riesgos de la exposición crónica que padecemos en la actualidad para poder realizar un consumo consciente y trazar las políticas más convenientes en salud pública.

Afortunadamente existen investigadores independientes, y jueces dispuestos a reconocer sus derechos a trabajadores y trabajadoras damnificados por la otra cara de este progreso, un tipo de contaminación que no se ve pero que tiene demostrados efectos en la salud.

EQSDS. Electro y Químico Sensibles por el Derecho a la Salud.


viernes, 2 de octubre de 2015

ACCESO A LA SENTENCIA DEL JUZGADO SOCIAL Nº 12 DE BARCELONA: LAS PENSIONES DEBEN REVALORIZARSE SEGÚN EL IPC.

Fuente: Simon Cunningham  
viernes, 25 de septiembre de 2015

Excelente noticia la publicada en lo smedios!!! Por fín, dejando de banda la retroactividad del RD Ley 28/2102 y la "fantástica" sentencia del TC que negó a los pensionistas su derecho a revalorizar las pensiones, ya que entendía que era una mera "expectativa de derecho", una recientesentencia de la Magistrada Amaya Olivas Díaz, titular del Juzgado delo Social nº 12 de Barcelona, que adjunto en este post para poder descargarla, ha señalado que aquella norma vulnera la normativa internacional -ojo, que no comunitaria como dice algún medio de comunicación de forma errónea-, y especialmente la Carta Social Europea, el Convenio OIT nº 102 y el Código Europeo de Seguridad Social. Como dice mi amigo Domiciano Sandoval, "si España no va a respetar los tratados internacionales, que no los firme". Pero estos están firmados, y ratificados. Y en esta sentencia se nos recuerda que sus mandatos son de obligado cumplimiento por todas las autoridades......

En una muy breve aproximación a la sentencia -es magnífica y hay que leerla- se señala:

- Para resolver el debate el Juez nacional está obligado a aplicar la normativa internacional invocada, que forma parte del ordenamiento jurídico nacional. Así lo entiende la doctrina científica y diversas resoluciones judiciales, incluso del TC y de la TJUE. Cabe destacar, como muy cualificado, el estudio al respecto del magistrado del Juzgado de lo Social nº 3 de Barcelona, Xavier Gonzàlez de la Rivera. Y me permito recordar los estudios al respecto de la profesora Carmen Salcedo.

- La doctrina científica ha sido muy contundente, no ya solo contra la congelación de las pensiones del RD Ley 28/2012, sino también contra el factor de revalorización de la Ley 23/2013 que desvincula definitivamente la adecuación de las pensiones a la fluctuación del IPC. Aquí se hace mención del interesante artículo de la profesora de la UV Mireia Llobera, "La Ley 23/2013 en el marco del procedimiento de déficit excesivo y de rescate de la banca", Revista de Derecho Social nº 70. Se afirma en dicho artículo que "desvincular el incremento de las pensiones del IPC es negar el derecho a la seguridad social....".

- Se relacionan las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales, que resolvió sobre las reclamaciones de diferentes asociaciones de pensionistas y sindicatos en Grecia, por los recortes en materia de pensiones, llegando aquel organismo a entender vulnerado el derecho a "un nivel satisfactorio de seguridad social" previsto en el art. 12 CSE, ya que la crisis no es justificación suficiente para reducir el derecho allí consagrado. Y, especialmemte, no debe conducir ni debe permitir la precarización o pauperización de la población protegida......

- Además, con mención expresa a la doctrina científica más especializada en seguridad social (entre otros, los catedráticos Juan López Gandía y Joaquín Aparicio), e incluso a informes de la OCDE, se llega a una triste conclusión: nuestras pensiones son mínimas -en consonancia con la precariedad salarial que vivimos- y ya no solo insuficientes, es que un porcentaje altísimo de nuestros pensionistas son POBRES. Y la desvinculación del IPC redunda aún más en esa situación de precarización y pauperización de las pensiones.

En fin, sentencias como ésta y estudios específicos como los enumerados en el cuerpo de la resolución reflejan la situación real de nuestro sistema de pensiones....Y, no nos olvidemos, los efectos más perversos de la Ley 27/2011 y el factor de sostenibilidad están por llegar....o lo detenemos, o será imposible revertir el deterioro progresivo de las pensiones.

Por eso, el trabajo de la Marea Pensionista, de compañeros como Domiciano Sandoval, y de la profesora Carmen Salcedo y el catedrático Carlos Luís Alfonso Mellado son los pilares de la defensa de los derechos sociales consagrados en la Carta Social Europea. Y esta sentencia puede ser la punta de lanza.


Fuente: http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2015/09/acceso-la-sentencia-del-juzgado-social.html