- Ecologistas en Acción denuncia que la exposición a las ondas electromagnéticas de las personas residentes en el Estado español está muy por encima de los niveles recomendados por numerosos organismos, como el Consejo de Europa.
- En algunos casos se multiplican por 500 esas recomendaciones, sin que haya una actuación gubernamental clara dirigida a reducirlas.
La Secretaria de Estado para el Avance
Digital ha publicado en su web el informe anual sobre la exposición
del público en general a las emisiones radioeléctricas de
estaciones de radiocomunicación realizado durante el año 2019.
En las tablas publicadas se observa que
el valor promedio de las medidas realizadas en microvatios por
centímetro cuadrado (µW/cm²) están muy por encima de las
recomendaciones de muchos organismos, como el Consejo de Europa: una
densidad de potencia de 0,01 µW/cm². De hecho, hay provincias que
registran hasta 500 veces esos niveles máximos recomendados.
Según la Secretaría de Estado para el
Avance Digital los límites de exposición a emisiones
radioeléctricas son los fijados en el Reglamento que establece
condiciones de protección del dominio público radioeléctrico,
restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de
protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas (Real
Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre) son los resultantes de
aplicar unas restricciones básicas y unos niveles de referencia en
zonas en las que puede permanecer habitualmente el público en
general.
Pero este criterio, muy laxo, no es
compartido por muchas organizaciones y expertos. El Defensor del
Pueblo de España señala, en su resolución de 21 de agosto de 2019,
que: “Sin perjuicio de la recomendación 1999/519CE del Consejo de
Sanidad de la UE, España es también miembro del Consejo de Europa y
debe seguir las recomendaciones que aprueba, entre ellas la
recomendación 1815 (2011) sobre los peligros potenciales de los
campos electromagnéticos y sus efectos sobre el medio ambiente”.
En esa recomendación del Consejo de
Europa se insta a los Estados miembros, entre otras cosas, a tener en
consideración los principios de precaución y ALARA (mantener los
niveles de exposición tan bajos como sea posible); a adoptar todas
las medidas razonables para reducir la exposición a los campos
electromagnéticos, en particular de niños y jóvenes; a prestar
especial atención a las personas electrosensibles que sufren
síndrome de intolerancia a dichos campos electromagnéticos; a
llevar a cabo los procedimientos de evaluación de riesgos apropiados
y mejorar los estándares de evaluación; y a mantener las
instalaciones eléctricas a una distancia segura de las viviendas. La
recomendación requiere por tanto que determinados colectivos
vulnerables tengan una consideración específica más allá de los
niveles de exposición establecidos para el conjunto de la población.
La Asamblea Parlamentaria del Consejo
de Europa ha destacado reiteradamente la importancia del compromiso
de los Estados de preservar el medio ambiente y la salud ambiental
como se indica en numerosas cartas, convenios, declaraciones y
protocolos, y advierte que “toda la población está expuesta
actualmente a diversos niveles de campos electromagnéticos, niveles
que seguirán aumentando a medida que avanza la tecnología”. Por
ello, recomienda a los Estados miembros del Consejo de Europa, como
primera medida, “adoptar todas las medidas razonables para reducir
la exposición a los campos electromagnéticos, especialmente a las
radiofrecuencias emitidas por los teléfonos móviles, y en especial
la exposición de los/as niño/as y jóvenes que al parecer corren el
mayor riesgo de tumores de la cabeza”.
Pero, a juicio de Ecologistas en
Acción, estas recomendaciones no son tenidas en cuenta por el
Gobierno a la hora de establecer los niveles de exposición a los que
está sometida la población.
Es urgente que los gobiernos de la
Unión Europea tengan en cuenta la Resolución del Parlamento
Europeo, de 2 de abril de 2009, sobre las consideraciones sanitarias
relacionadas con los campos electromagnéticos (2008/2211 INI), en el
que insta a la Comisión a que revise el fundamento científico y la
adecuación de los límites de campos electromagnéticos fijados en
la recomendación 1999/519/CE e informe al respecto al Parlamento;
pide que sea el Comité Científico de los Riesgos Sanitarios
Emergentes y Recientemente Identificados el organismo que efectúe dicha revisión.
Esta resolución pide también a los
Estados miembros que sigan el ejemplo de Suecia y reconozcan como una
discapacidad la hipersensibilidad eléctrica, con el fin de
garantizar una protección adecuada e igualdad de oportunidades a las
personas que la sufren.
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