VALORACIÓN DEL PROCESO DE ELABORACIÓN
DE UN DICTAMEN SOBRE HIPERSENSIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA EN EL SENO
DEL COMITÉ ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO (CESE). Escándalo en el seno
del CESE: conflictos de intereses bloquean “el paso” a las
personas con discapacidad funcional EHS
Las asociaciones europeas de defensa de
los derechos de las personas EHS y las organizaciones europeas que
luchan contra la contaminación electromagnética, QUEREMOS DENUNCIAR
EL GRAVE CONFLICTO DE INTERESES E IRREGULARIDADES en la aprobación
del “contra-dictamen” sobre hipersensibilidad electromagnética
en el pleno del CESE del 21 de Enero. Así como MANIFESTAR NUESTRO
DESACUERDO con su contenido.
Antecedentes
El 10 de julio del 2014 se aprueba en
Pleno del CESE que la sección TEN (Transportes, Energía,
Infraestructuras y Sociedad de la Información) elabore una propuesta
de dictamen sobre la Hipersensibilidad electromagnética.
Posteriormente la sección TEN crea un
grupo de trabajo sobre la EHS como primer paso para la elaboración
de un dictamen. Ver exposición de motivos [1]
1. El Grupo de Trabajo sobre EHS de la
Sección TEN del CESE:
- 4 de noviembre de 2014, se celebró
una audiencia pública [2] sobre hipersensibilidad electromagnética
en Bruselas contando con la asistencia, entre otros, de Isaac
Jamieson (member of the group of stakeholders on electromagnetic
fields for DG SANCO), Olle Johansson (Professor of Neuroscience, The
Experimental Dermatology Unit, Karolinska Institute, Stockholm) y
Marc Cendrier (Robin des Toits, asociación nacional francesa para la
seguridad sanitaria en las tecnologías inalámbricas). Ver programa
[3] y documentos [4]).
Las organizaciones de EHS Europeas no
fueron invitadas a esta audiencia y conocieron su existencia a solo 5
días antes de su celebración. En una respuesta relámpago se
elaboró y entregó al Relator (Bernardo Hernández Bataller) una
“Carta de las asociaciones en defensa de personas
Electrohipersensibles de los países de la UE al CESE” [5], firmada
por las asociaciones europeas de personas EHS y las organizaciones
europeas que luchan contra la contaminación electromagnética.
Dicha carta, que recoge las
reivindicaciones y necesidades básicas de las personas EHS y
aprovecha para denunciar los conflictos de interés del Scientific
Committee on Emerging and Newly Identified Health Risks (SCENIHR),
fue leída en la audiencia pública de Bruselas por Marc Sandrier de
Robin de Toits y fue una de las referencias para la elaboración del
proyecto del dictamen realizada por el Relator del grupo de trabajo.
- El 5 de diciembre de 2014, la reunión
del Grupo de trabajo sobre EHS debatió el Documento [6] elaborado
por el relator (Bernardo Hernández Bataller) fruto de la
recopilación y estudio de una amplia información científica y de
los propios grupos de afectados europeos, abarcando las diferentes
perspectivas.
Tras algunas modificaciones y mejoras
incluidas (como la recomendación de conexión a internet por cable
en los centros de enseñanza y la habilitación de «zonas blancas»
como medida de emergencia para aquellas personas EHS más afectadas)
se aprueba un Anteproyecto de Dictamen [7]
2.- Reunión de la sección TEN del
CESE el 7 de enero de 2015:
Previamente a esta reunión, grupos
europeos de afectados y sensibles al riesgo de esta contaminación
para la salud y el medio ambiente, facilitamos a todos los miembros
de la sección TEN información científica y técnica actual que
justificaba el voto afirmativo (ver, por ejemplo, ¿por qué votar
sí? [8]) ante la presentación de las enmiendas presentadas por el
empresario holandés Jan Simons (en la línea de los intereses de las
empresas de telecomunicaciones, vaciando de contenido del
anteproyecto).
Recibimos respuesta de un miembro
británico de la sección TEN (Richard Adams) desacreditando la
validez científica de los argumentos presentados por no ser
“concluyentes” y organizaciones británicas le explicaron
extensamente que la amplia evidencia científica actual era
suficiente para actuar ya.
- El Anteproyecto de Dictamen del Grupo
de trabajo sobre EHS [7] fue votado junto con las Enmiendas
presentadas por Jan Simons [9]:
Se aprobó un Proyecto de Dictamen
[10], que incluyó diversas enmiendas, con el siguiente resultado: 50
votos a favor, 39 en contra y 9 abstenciones.
Durante esta reunión Richard Adams,
declaró públicamente su intención de elaborar un contra-dictamen
para su votación en el pleno del 21 de enero. Richard Adams, quién
aparentemente es un defensor de los “excluidos” y del medio
ambiente, sin embargo argumentó en contra del principio de
precaución, y utilizó argumentos negacionistas calcados de los
lobbies de las empresas de telecomunicaciones, lo cual nos sorprendió
enormemente. El debate fue muy duro, con mucha intensidad y
situaciones de agresividad verbal (la deliberación sobre el proyecto
de dictamen duró casi 5 horas cuando lo normal en otros casos es que
dure alrededor de una hora). El resultado de la votación fue muy
ajustado y con la aprobación de algunas enmiendas que intentaban
vaciar de contenido el dictamen. Parece que a partir de ese momento
se puso manos a la obra para reunir apoyos entorno a su posible
CONTRA-DICTAMEN.
En ese momento tuvimos la sensación de
que algo extraño, que ya conocemos de otros procesos similares,
estaba aconteciendo: todas las señales parecían indicar que
la industria había puesto en marcha a todo trapo su maquinaria en
contra de la iniciativa.
3.- Sesión plenaria del CESE: 21 de
enero
Previamente a esta reunión, grupos
europeos de afectados y sensibles al riesgo de esta contaminación
para la salud y el medio ambiente, enviamos información (por
ejemplo, ¿por qué votar sí? [8]) desde nuestros países a todos
los miembros del Pleno del CESE.
Recibimos algunas contestaciones muy
agresivas de algunos miembros de la sección TEN del CESE, como la
del Sr. Richard Adams, en la que encontramos claramente los
argumentos negacionistas esgrimidos habitualmente por la industria.
Pensando que, indudablemente por su supuesta trayectoria social,
estaba mal informado entablamos una conversación con él con la
intención de mostrarle los aspectos que creíamos que él omitía
por error. En estas conversaciones este señor insultó, faltó al
respeto y desacreditó a científicos e investigadores expertos de
alto nivel (por sus investigaciones y publicaciones) del ámbito
internacional, lo que nos hizo sospechar que esa extremada vehemencia
desde sus argumentos estaban alineados directamente contra nuestros
derechos y necesidades: reconocimiento de discapacidad, recuperación
de la salud, y derechos humanos fundamentales. Ver correos y cartas
abiertas [11] en la que participaron, entre otros, científicos como
el Dr. Lennart Hardell y Dr. Michael Carlberg [12] y el Grupo de
trabajo Bioinitiative [13].
Documentos presentados a votación
(solo se votó el CONTRADICTAMEN):
- El Contra-dictamen de Richard Adams
[15], avalado por 17 “colegas” (la gran mayoría del ámbito
económico, comercial o industrial) y presentado tan solo el día
anterior a la votación
- También se presentaron
enmiendas, en tiempo y forma, tanto en la línea de los intereses de
las empresas eléctricas y de telecomunicaciones así como en la
línea de los derechos de las personas EHS. Al igual que el proyecto
de dictamen no llegaron a ser votados.
AL FINAL FUÉ APROBADO EL
CONTRADICTAMEN [15]: 136 votos a favor, 110 en contra y 19
abstenciones
En un pobre debate, pero intenso: donde
se escucharon los argumentos negacionistas por parte del Sr. Adams y
sus colegas del ámbito empresarial y comercial, en un tono a veces
grosero y despreciativo de las personas EHS, ignoraron y desvirtuaron
las actuales evidencias científicas, alimentado una dinámica del
miedo y el catastrofismo. Por otro lado, por parte de la defensa del
proyecto de dictamen faltaron alusiones a las declaraciones de la
Agencia Europea del medio Ambiente (AEMA), al abundante conocimiento
científico que encuentra efectos potencialmente negativos, al mayor
número de investigaciones en EHS (con diseños doble ciego) que
encuentran relación entre exposición y respuesta biológica, así
como las diferentes denuncias de conflicto de intereses que han
salpicado a diferentes organismos como la OMS, ICNIRP, SCENHIR en los
que pretende basarse el contra-dictamen (escuchar audio del pleno
[16]). Además en este pleno se cometieron algunas irregularidades en
contra del propio reglamento del CESE, respecto a la participación y
las votaciones (usos de los turnos de palabra y tiempos, orden de las
votaciones, presentación pública del contra-dictamen fuera del
plazo estipulado), que las diferentes organizaciones estamos
denunciando por las vías pertinentes.
En un espacio donde la industria tiene
representación directa mientras los afectados y los grupos de
afectados no tienen ninguna posibilidad de ser representados, ni voz
en la toma de decisiones, lo realmente impresionante es el resultado
de 110 votos a favor del dictamen original. Queremos creer que eso es
fruto de un acercamiento limpio y desinteresado de esos miembros a
“toda” la información.
Definitivamente salió adelante el
contra-dictamen del Sr. Adams. Que convierte en papel mojado el
dictamen elaborado inicialmente por el grupo de estudio, y que pasó
varias fases de revisión y votación. En definitiva ganó un
contra-dictamen que se presentó con apenas un día de antelación
para el conocimiento de los miembros del CESE. Muy probablemente con
una previa llamada a filas para votarlo entre determinados intereses
y círculos de influencias. La industria ha ganado, poniendo por
encima sus intereses a costa de derechos fundamentales de un
colectivo con discapacidad.
VALORACIÓN
El Contra-dictamen: [15]
Niega la existencia de este síndrome.
Se basa en la visión de la industria de la evidencia científica
actual, de acuerdo con los postulados del statu quo inmovilista de no
reconocimiento de problemas de salud asociados a los CEM dentro de
los límites establecidos por el ICNIRP, y se apoya para ello en
comités científicos ampliamente cuestionados por su conflicto de
intereses, como por ejemplo el SCENHIR.
No propone ninguna medida ni en la
atención ni en la protección de las personas afectadas.
Pospone la toma de medidas con el viejo
argumento conocido, habitualmente usado por industrias implicadas en
problemas medioambientales y de salud: de “no hay suficiente
evidencia científica aún” e ignorando la evidencia que no les
interesa, (al igual que sucedió con el amianto, el benceno, los PCB,
el tabaquismo, el plomo en la gasolina,…) Esto deja incorrectamente
la carga de la prueba irrefutable del daño en los ciudadanos
afectados lo cual es particularmente grave, ya que la exposición es
involuntaria, aumenta a un ritmo rápido y también cada vez más
inevitable.
Deja a las personas afectadas en su
situación de flagrante desprotección y exclusión: sanitaria y de
salud, social, económica, laboral, VITAL. Esta realidad ha sido
constatada por el grupo de estudio inicial, que pretendía mitigarla
con el dictamen original.
El Dictamen Original [10]
Respecto a la hipersensibilidad
electromagnética
Reconoce:
- Su existencia, encontrando suficiente
base científica para aceptar la relación entre la exposición a
campos electromagnéticos y la manifestación del síndrome.
- El incremento progresivo de su
prevalencia.
- La complejidad de la problemática en
lo relativo a DERECHOS FUNDAMENTALES, llegando a enunciar los
derechos en litigio en un ejercicio de ecuanimidad encomiable: de un
lado los derechos perdidos de las personas EHS (dignidad, integridad
física, libertad, seguridad, trabajo y libertad profesional, no
discriminación y protección de la salud) y del otro lado la
libertad de comunicación del resto de los usuarios y la libertad de
empresa de la industria implicada.
- La patología en diferentes ámbitos:
- Sanitario: reconocimiento de la enfermedad de la hipersensibilidad electromagnética como síndrome de intolerancia a los campos electromagnéticos (CEM),
- Laboral: reconocimiento de la hipersensibilidad como enfermedad y medidas de adaptación,
- Social: reconocimiento de la discapacidad funcional.
Pide:
- Ayuda y protección a las personas
afectadas.
- Establecimiento de prevención,
diagnóstico y tratamiento precoz, para minimizar los costes sociales
y laborales así como para frenar el aumento de personas afectadas.
- “La obligación de incluir en los
instrumentos de ordenación determinadas zonas, públicas y privadas,
que estén libres de cualquier tipo de exposición a los CEM (las
denominadas zonas «blancas», que deberían incluir desde zonas para
viviendas hasta espacios públicos libres de contaminación, como
centros de salud, hospitales, bibliotecas, espacios laborales,
etc.)”. Incluyendo así mismo “la habilitación de «zonas
blancas» como medida de emergencia para aquellas personas más
afectadas” por este síndrome.
Protección a la Población general y a
los niños:
Hace las siguientes recomendaciones
para minimizar los riesgos:
- En general “reducción y atenuación
de la exposición de las personas a los campos electromagnéticos, de
forma proporcional a lo expuesto en el presente dictamen, en lo
relativo a etiquetado, seguros, materia publicitaria, mejora de los
riesgos laborales, registro de productos, divulgación e información
de los riesgos, e incluso de ordenación territorial y
medioambiental” así como la obligación de informar al consumidor,
incluyendo consejos como el uso de manos libres en los teléfonos
móviles y la reducción de la cantidad y duración de las llamadas.
Medidas de protección a los colectivos
más vulnerables:
- Limitación de los mensajes
publicitarios, prohibiendo los mensajes sobre telefonía móvil en
los que aparezcan jóvenes y niños menores;
- Prohibición de toda publicidad,
cualquiera que sea el medio o el soporte, que tenga por finalidad
directa la venta, la puesta a disposición o el uso de un teléfono
móvil por niños menores de catorce años;
- Prohibición de que existan juguetes
u objetos para la distribución gratuita que tengan la forma o la
apariencia de un teléfono móvil, y que sean para menores de catorce
años;
- Limitar el uso de tecnologías
inalámbricas en los centros de enseñanza (Wi-Fi, teléfono móvil,
Dect, etc.) estableciendo medidas como la conexión a Internet por
cable y la prohibición del uso del teléfono móvil durante la
actividad académica y en los lugares que pueda prever cada centro;
- Suministro obligatorio, cuando se
comercialice un teléfono móvil, de un accesorio que permita limitar
la exposición de la cabeza del usuario a las emisiones
radioeléctricas en sus comunicaciones.
Otros
- Pone en evidencia los conflictos de
intereses que afectan a varios organismos “científicos”
- Aboga por la aplicación del
principio de precaución y la reducción general de los niveles de
exposición en base a los efectos biológicos no térmicos de los CEM
(actualmente no tenidos en cuenta en el establecimiento de límites
de protección)
- Insta a obligar la inclusión de los
riesgos a la salud en las pólizas de seguros de las compañías de
telecomunicaciones.
En definitiva, esta propuesta de
Dictamen abría la posibilidad de que las personas afectadas pudieran
recuperar su salud y sus espacios laborales así como una larga lista
de derechos fundamentales actualmente conculcados. Para la población
general y para los niños suponía un grado mayor de protección y
prevención del que actualmente existe.
CONFLICTOS DE INTERÉS DE RICHARD ADAMS
El Sr. Adams es un miembro del consejo
de administración de Sustainability First [17], organización
benéfica británica, que promueve la Smart Grid y Smart Meters (que
utilizan RF para transmitir datos). Esta organización benéfica está
patrocinado por BEAMA (que representa a 300 empresas de
electrotecnología y asegura tener una influencia significativa en el
Reino Unido y en la política internacional, en la estandarización y
en la política comercial), Cable & Wireless, Consumer Futuros,
British Gas, EDF Energy, Elexon E-Meter (Siemens), EON Reino Unido,
National Grid, Northern Powergrid, Ofgem (el Regulador del sector
eléctrico británico), Scottish Power Energy Networks y UK Power
Networks (redes eléctricas británicas).
El Sr. Adams aparece también como
miembro del Consejo de Partes Interesadas que asesora al Consejo
Ejecutivo de RWE AG [18] sobre asuntos relacionados con la
Responsabilidad Corporativa, (estructuración y formulación de su
estrategia, política, operaciones comerciales, comunicaciones de las
partes interesadas). RWE AG es una de las cinco compañías de
electricidad y gas más importantes de Europa, la cual también está
promoviendo las redes eléctricas inteligentes (“Smart Grid”) y
los contadores digitales (“Smart Meters”) que utilizan las
radiofrecuencias para la transmisión de datos.
La relación de este “ambientalista”
y “defensor de los excluidos” con estas organizaciones que están
promoviendo la instalación de contadores digitales (emisores de
radiofrecuencias) y su fuerte oposición al dictamen propuesto por el
grupo de estudio EHS de la sección TEN, evidencian un potencial
conflicto de intereses que debía haberse declarado.
SOBRE EL CESE:
El hecho de que haya dentro del grupo
III (actividades diversas), personas como el Sr. Adams, que realmente
están defendiendo los intereses de grandes empresas (grupo I),
provoca un desequilibrio en la institución, favoreciendo unos
intereses en detrimento de otros, afectando por tanto negativamente
al interés público Europeo.
Todo esto constituye una grave
disfunción del CESE que creemos debe investigarse formalmente y que
evidencia importantes perjuicios a la representación de los
intereses de la mayoría de los Ciudadanos Europeos de a pie.
En todo caso queremos agradecer el buen
hacer de las personas que dentro del CESE trabajan abiertamente por
defender los intereses que les corresponden, y que trabajan de forma
honesta y transparente. Y a todos los que votaron en conciencia al
margen de todo conflicto de interés. Por suerte también las hemos
reconocido.
CONCLUSIONES
Nosotros decimos que ese “contra”
dictamen no nos representa: el único dictamen que podemos aceptar es
el realizado por el grupo de estudio, con asesoramiento científico,
y que vio la luz en un proceso largo y minucioso, obteniendo al final
del proceso 110 votos.
Los intereses económicos liderados por
una persona en grave conflicto de intereses han aplastado los
derechos humanos fundamentales y sociales de personas con nombres y
apellidos en situación de discapacidad sobrevenida por este
factor ambiental y en situación de grave exclusión social.
Es inconcebible que un Dictamen sobre
una problemática vaya directamente en contra de los afectados,
poniendo en entredicho la calidad democrática e independencia del
Comité Económico y Social europeo.
ESTE “CONTRA-DICTAMEN” SE HA HECHO
EN CONTRA DE LAS PERSONAS EHS Y PARA NOSOTROS SERÁ SIEMPRE EL
“CONTRA (nosotros) DICTAMEN” (por/para la industria).
1)
http://toad.eesc.europa.eu/viewdoc.aspx?doc=ces/ten/ten559/es/EESC-2014-05118-00-00-NIAI-TRA-es.doc
Signatories:
EHS Organizations:
AMICA (Italy)
Associazione Italiana
Elettrosensibiliti (Italy)
EHS Foreningen (Denmark)
Electrosensibles por el Derecho a la
Salud (Spain)
Electrosensitivity in Ireland (Ireland)
ElectroSensitivity UK. (United Kingdom)
FEB The Swedish Association for the
Electrohypersensitive (Sweden)
FELO Foreningen for eloverfølsomhet
(Norway)
Le Collectif des électrosensibles de
France (France)
Poluição Electromagnética e
Electrosensibilidade (Portugal)
Sähköherkät ry (EHS Association)
(Finland)
SOS EHS (Spain)
Stichting EHS (Electrohypersensitivity
Foundation) (Netherlands)
Une Terre Pour Les EHS (France)
Verein Für Elektrosensible Und
Mobilfunkgeschädigte E.V. (Germany)
Citizen associations against the
electromagnetic pollution:
Beperk de Straling (Belgium)
Coordinación Nationale De Colectifs
(France)
Diagnose-Funk e.V.
EM-Radiation Research Trust (United
Kingdom)
Folkets Strålevern (Citizens Radiation
Protection) (Norway)
Fundacja Instytut Badań
Elektromagnetycznych im. Jamesa Clerka Maxwella (Poland)
Kompetenzinitiative (Germany)
L’association PRIARTéM (France)
Mast-Victims UK (United Kingdom)
MobileWise (United Kingdom)
Ogólnopolskie Stowarzyszenie
Przeciwdziałania Elektroskażeniom “Prawo do Życia” (Poland)
PECCEM (State Platform of Organizations
Against Electromagnetic Pollution) (Spain)
Polska Unia Właścicieli Nieruchomości
(Poland)
Powerwatch UK (United Kingdom)
Rådet for Helbredssikker
Telekommunikation (Denmark)
Rete Elettrosmog-Free (Italy)
Robin des Toits (France)
Stowarzyszenie “Nasze Bielany”
(Poland)
StralingsArmVlaanderen (Belgium)
StopUMTS (Netherlands)
Swedish Radiation Protection Foundation
(Sweden)
Teslabel (Belgium)
Vågbrytaren (Sweden)
Wi-Fi in schools (United Kingdom)
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